Gobernación

Presidenta: Yajaira Esmeralda Rios Lara
Secretaria: Kiria Selene García Quiroz
Vocal: Jorge Fernando Orta Cabrera

Hacienda

Presidenta: Kiria Selene Garcia Quiroz
Secretaria: Yajaira Esmeralda Rios Lara
Vocal: Luis Armando Cuén Iribe

Urbanismo, Ecología y Obras Públicas

Presidenta: Kiria Selene García Quiroz
Secretaria: Yajaira Esmeralda Ríos Lara
Vocal: Luis Armando Cuén Iribe

Industria, Comercio, Turismo y Artesanía

Presidenta: Yajaira Esmeralda Rios Lara
Secretaria: Kiria Selene García Quiroz
Vocal: Jorge Fernando Orta Cabrera

Trabajo y Prevención Social

Presidenta: Jetzael Aldair Lara Soto
Secretaria: Kira Selene Garcia Quiroz
Vocal: Yajaira Esmeralda Rios Lara

Acción Social y Cultura

Presidente: Jorge Fernando Orta Cabrera
Secretaria: Jetzael Aldair Lara Soto
Vocal: Yajaira Esmeralda Rios Lara

Honor y Justicia

Presidente: Jorge Fernando Orta Cabrera
Secretaria: Luis Armando Cuén Iribe
Vocal: Jetzael Aldair Lara Soto

Agricultura y Ganadería

Presidenta: Jorge Fernando Orta Cabrera
Secretaria: Sandy Marizol Robles Olivas
Vocal: Luis Armando Cuén Iribe

Educación

 

Presidente: Luis Armando Cuén Iribe
Secretaria: Kira Selene Garcia Quiroz
Vocal: Sandy Marzol Robles Olivas

Juventud y Deporte

 

Presidenta: Jetzael Aldair Lara Soto
Secretaria: Sandy Marizol Robles Olivas
Vocal: Luis Armando Cuén Iribe

Salubridad y Asistencia

 

Presidente: Luis Armando Cuén Iribe
Secretaria: Yajaira Esmeralda Rios Lara
Vocal: Sandy Marizol Robles Olivas

Rastro, Mercado y Centrales de Abasto

 

Presidenta: Sandy Marizol Robles Olivas
Secretaria: Jorge Fernando Orta Cabrera
Vocal: Luis Armando Cuén Iribe

Equidad, Género y Familia

 

Presidenta: Sandy Marizol Robles Olivas
Secretaria: Jetzael Aldair Lara Soto
Vocal: Kiria Selene Garcia Quiroz

Capítulo VI de las Comisiones

Artículo 43. Para el estudio, análisis y resolución de los asuntos competencia de los municipios, y vigilar que se ejecuten las disposiciones y acuerdos del Ayuntamiento, se designarán comisiones entre sus miembros. Estas serán permanentes o transitorias. Las comisiones permanentes serán designadas en la primera sesión del ejercicio constitucional del Ayuntamiento.

Artículo 44. Las comisiones permanentes serán desempeñadas por los Regidores durante el período de su ejercicio constitucional y sólo podrán ser removidos por causa grave que calificará el Pleno del Ayuntamiento.

Las Comisiones serán las siguientes:

  1. Gobernación;
  2. Hacienda;
  3. Urbanismo, Ecología y Obras Públicas;
  4. Turismo y Comercio; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  5. Industria y Artesanías; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  6. Agricultura y Ganadería; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  7. Pesca y Acuacultura; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  8. Educación; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  9. Salubridad y Asistencia; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  10. Trabajo y Previsión Social; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  11. Acción Social y Cultural; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  12. Juventud y Deporte; (Ref. por Dec. 308, publicado en el P.O. No. 093 de 04 de agosto de 2003)
  13. De Equidad, Género y Familia; (Ref. por Dec. 666, publicado en el P.O. No. 097 de 13 de agosto de 2004)
  14. Rastros, Mercados y Centrales de Abasto; (Ref. por Dec. 304, publicado en el P.O No. 055 del 08 de mayo de 2015).
  15. De Concertación Política; (Ref. por Dec. 304, publicado en el P.O. No. 055 del 08 de mayo de 2015).
  16. Seguridad Pública y Tránsito; (Adic. por Dec. 304, publicado en el P.O. No. 055 del 08 de mayo de 2015).